Se trata de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Dicha sentencia señala que la plantilla de la Compañía de Radiotelevisión de Galicia debe percibir la parte proporcional de la paga correspondiente al periodo que va del 1 de enero al 15 de julio de 2012. El fallo da la razón a la reclamación sindical sobre la paga extra, aunque el Alto Tribunal no ha aceptado que el pago se haga con intereses